Participamos el sábado pasado en una video conferencia sobre la ley de las ciudades comunales, con los camaradas de la red de angostura, debemos en primer lugar felicitar las iniciativas que esta red esta teniendo en los debates candentes que se realizan en el proceso revolucionario bolivariano de Venezuela, hacia falta para el empujón de este proceso que iniciativas como estas fueran parte activa de las ideas necesarias de esta revolución .
Realizamos esta iniciativa como parte de un enorme proceso (poco visto) de debate en el cual está sumergido el pueblo venezolano de manera orgánica, que le colocaron el buen nombre de “CONGRESO BOLIVARIANO DE LOS PUEBLOS”.
Quisimos escribir estas líneas para expresar algunas ideas que no pudimos decir en el debate por razones obvias de tiempo, ampliando algunas otras, con el propósito de colaborar con la “red” a colocar el debate en la esencia necesaria que permita finalmente que aparezcan los aportes teóricos, para seguir avanzando, poniendo límites entre algunos planteamiento “revolucionarios” que lucen fuera de contexto y algunos otros que son una entrega de la lucha del pueblo organizado en las decisiones políticas fundamentales.
1- Cuando se trata de un debate cualquiera sea el tema a discutir, hay que ubicarlo en el contexto político y desde un perspectiva de una concepción de poder o de una propuesta revolucionaria de como decir y hacer las cosas. En este caso debatimos una ley fundamental en medio de una situación del movimiento popular que está casi completamente desmovilizado (arma fundamental de ese movimiento para contrarrestar los ataques imperiales) pero siguen siendo muy superior a las movilizaciones que propone la burguesía las causas: es que se dejo de presentarse como alternativa al pueblo los procesos de lucha y movilización tras sus reivindicaciones, a cambio se impuso la acción de algunos gestores, que poseyendo información y recursos coartan la acción, cambiándola por el clientelismo. Claro la enconada lucha contra el imperio, la recuperación de la ofensiva política, y la mediocridad de la oposición, presentan la movilización bolivariana como suficiente para enfrentar los combates que se nos vienen. Seamos precavidos porque corremos el riesgo de creer que con lo que tenemos es suficiente para derrotar al imperio de forma definitiva y eso más que ilusorio es una temeridad, necesitamos fortalecer ese poder popular y dotarlo de instrumentos y propuestas teóricas para seguir avanzando
2.- Por otro lado aunque es cierto que orgánicamente aparece este movimiento visualizado como nunca, también es cierto que muchas de nuestras comunas o son de papel o están tuteladas desde el estado o el partido, todo esto en medio de una cruenta lucha directa contra el imperialismo norteamericano y el combate contra la pandemia más agresiva que el mundo conozca.
3.– Siendo esa la situación necesario es que en los instrumentos de lucha como las leyes populares, aparezca visualizado con claridad la relación de ese viejo estado (burgués todavía) y el poder popular organizado , esa relación desde nuestro punto de vista es de una alianza, esta debe aparecer con suma claridad, porque aun cuando en la propuesta de ley casi desaparece el tutelaje del estado en lo político ( cuestión que en las leyes de la comuna y los consejos comunales son evidentes), hay limitantes legales para los efectos económicos, administrativos, presupuestarios y financieros, para los cuales necesitamos reformar los artículos constitucionales 16; relativo a la organización política de la república. Fíjense camaradas como aparecía la reforma que planteaba Chávez de este articulo “ Las Comunas serán las células geo-humanas del territorio y estarán conformadas por las Comunidades, cada una de las cuales constituirá el núcleo espacial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano, donde los ciudadanos y las ciudadanas comunes tendrán el poder para construir su propia geografía y su propia historia. A partir de la Comunidad y la Comuna, el Poder Popular desarrollará formas de agregación comunitaria político-territorial, las cuales serán reguladas en la Ley, y que constituyan formas de Autogobierno y cualquier otra expresión de Democracia Directa..La Ciudad Comunal se constituye cuando en la totalidad de su perímetro, se hayan establecido las Comunidades organizadas, las Comunas y los Auto Gobiernos Comunales, estando sujeta su creación a un referéndum popular que convocará el Presidente de la República en Consejo de Ministros. “ y el artículo 136 que se refiere a la distribución del poder público y por ende al derecho al situado constitución. de la referida enmienda de este articulo se deriva la creación de la hacienda pública popular a fin de que las ciudades comunales reciban obligatoriamente recursos con base al presupuesto local. La alianza con el gobierno podría fijar un porcentaje obligatorio anual de aportes de las haciendas públicas municipales, estadales y nacionales.
4.-Claro necesitamos resolver eso porque si algo está relacionado con el poder, lo político y económico en su acción autónoma e independiente son pasos agigantados para que el pueblo organizado pueda tener posibilidad de ello.
5.- El proceso organizativo de la estructura del poder popular, deben tener características de horizontalidad, de democracia y participación protagónica del pueblo, para nada esos procesos debieran parecerse a la forma como está estructurado el viejo estado, por eso por el contrario que sea un parlamento la máxima autoridad política del territorio de las ciudades comunales, se debe proponer una estructura sencilla dirigida por una asamblea popular de patriotas, donde tienen participación todos los sectores organizados del pueblo en el territorio y su proceso de selección no va referido a la persona, sino al perfil que el puesto de combate tiene, de allí que cada sector seleccionara a la compañera o compañero para que ocupe esos puestos de combate, dependiendo de la correspondencia que esta o este puedan tener con relación al perfil del puesto para nada esa selección se establecerá en procesos de competencia entre los compañeros y compañeras para ver quien resulta con mayoría de votos, porque entre otras cosas no es verdad que estos procesos son democráticos, es en el debate de la situaciones y en la toma de decisiones de la misma, como se evidencia la participación democrática de la gente, .de igual manera el resto de la estructura para la gestión en materia de vivienda, salud, cultura, deporte, educación etc.la participación protagónica tiene que ver con la propuesta política revolucionaria en cada una de estas materias, lo que dirige es la política que allí se establezca y los y las compañeros que dirijan estos procesos serán los que mejor apliquen estas políticas que fueron diseñadas en colectivo. Finalmente el control que se establezca es el control en la aplicación de las políticas. De esta manera el gobierno popular de las ciudades comunales guardara enorme distancia con la tecnocracia, el clientelismo y el burocratismo.
6.- la propuesta de la ley de las ciudades comunales, entre muchas cosas tiene dos aspecto relevante, uno tiene que ver con la paridad de genero,es decir allí está establecido con suma claridad la participación de la mujer luchadora en la estructuras de dirección y el otro aspecto como ya lo dijimos la tutela de parte del ministerio de la comuna desaparece, hay un importante avance en el planteamiento de la ley en su artículo 5 “ ………….a través de esta ley el poder popular se suma al reconocimiento y certificación comunal….registra su fundación como una comunidad sociopolítica………..” Sin embargo no está establecido con claridad cómo y dónde se registraran las ciudades comunales, esto es vital por cuanto el registro puede limitar o no la autonomía del gobierno comunitario, una vez más será la alianza con el gobierno revolucionario lo que puede determinar ese avance.
7.- Hay algunos aspecto importantes en la ley respecto del proceso de construcción del sistema económico comunal, pero es necesario establecer que el gobierno comunitario participara en todo el proceso económico de la nación como parte de la llamada economía social y no solamente en los pequeños procesos de las unidades de producción familiar, por ejemplo en el caso de nuestra ciudad ecosocialista LOS SIMONES BOLÍVAR Y RODRÍGUEZ, dentro de su ámbito están las zonas industriales numero 1 y 2 del estado Lara, pues bien tocara a este gobierno comunal conducir el sistema económico del estado, como parte del sistema económico comunal en donde por supuesto los trabajadores como parte integrante del gobierno comunal tendrán una participación destacada.
8.- Finalmente proponemos que aparezca en la ley la conducción o dirección de todas las actividades del ministerio de la comuna, pasando por su eliminación y la dirección de las nuevas instituciones que han apareciendo como las misiones y grandes misiones
Bueno camaradas estamos ante otro reto importante en este proceso de debate y acción en la construcción de la patria bolivariana, seguro estamos que saldremos bien librados y lograremos establecer los elementos teóricos para seguir avanzando